– Si el despido es por causas disciplinarias solo hay que comunicárselo previamente a los Representantes de los Trabajadores si el convenio colectivo de aplicación lo exige. No suele ser habitual. La aplicación de estos contenidos a situaciones concretas de peligro gremial debe ser evaluada previamente y llevada a https://www.medinaempresarialsst.com/capacitacion-comite-de-convivencia-laboral/