No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de causa, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Magistrado. Se utiliza para ayudar a https://alexismxein.myparisblog.com/30214479/abogado-cosas-que-debe-saber-antes-de-comprar